Información Importante para Monotributistas, Autónomos y PYMES
El PEN, por Decreto N.U. Nro 376/2020 amplía y modifica el Decreto Nº 332/20 y en el día 20/4/2020 resolvió una serie de medidas destinas al denominado Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que ya entró en vigencia desde su publicación en el BO
y consiste en la aplicación de los siguientes beneficios para los MONOTRIBUTISTAS, AUTONOMOS
Y PYMES:
- Postergación o reducción de hasta el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional.
- Salario Complementario: asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
- Crédito a Tasa Cero Pequeños Contribuyentes y autónomos, con subsidio de hasta el CIEN POR CIENTO (100%) del costo financiero total.
- Sistema integral de prestaciones por desempleo
SUJETOS ALCANZADOS: Aquellos que den cumplimiento con uno o varios de los siguientes criterios:
*Actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan.
*Cantidad relevante de trabajadores y trabajadoras contagiadas por el COVID 19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.
*Sustancial reducción en su facturación con posterioridad al 12 de marzo de 2020
Las condiciones particulares de cada medida, a su vez son regladas individualmente por la autoridad de aplicación.